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MALDONADO, MARCELO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló la intimación a depositar sumas adeudadas en ejecución de una sentencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión y rechazó el recurso por considerar que el Estado incumplió sus deberes legales.

Ejecucion de sentencia Estado nacional Obligacion de pago Inembargabilidad de fondos publicos Orden de prelacion de pagos Agotamiento de partida presupuestaria


¿Quién es el actor?

Marcelo Maldonado y Otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecutar una sentencia que condenó al Estado al pago de sumas adeudadas

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la providencia que intimó al Estado a depositar las sumas adeudadas. Fundamentos principales:
- El Estado debía haber cancelado el crédito durante el ejercicio 2023 según la normativa aplicable (arts. 22 Ley 23.982 y 170 Ley 11.672).
- Al no haber acreditado el Estado el agotamiento de la partida presupuestaria, incumplió con el orden de prelación para el pago, por lo que el acreedor está facultado para ejecutar la sentencia, según la jurisprudencia de la Corte Suprema ("Curti", Fallos: 339:1812).
- La inembargabilidad de los fondos públicos no es una autorización al Estado para incumplir sentencias judiciales, sino que debe velar por su observancia.

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