OMINT SA DE SERVICIOS c/ EN-M ECONOMIA (EX 81303188/19 - DISP 2059/23) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La empresa OMINT SA DE SERVICIOS impugnó una multa impuesta por la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores por no publicar en su sitio web el modelo de contrato. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso directo interpuesto.
¿Quién es el actor?
OMINT SA DE SERVICIOS
¿A quién se demanda?
Ministerio de Economía (Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra multa impuesta por infracción al art. 38 de la Ley 24.240 por no publicar modelo de contrato en sitio web
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso directo interpuesto por OMINT
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Superintendencia de Servicios de Salud no aprueba los contratos, por lo que no impedía a OMINT publicar el modelo.
- El art. 38 de la Ley 24.240 impone el deber de publicar el modelo de contrato, con el fin de lograr transparencia y equilibrio en la relación de consumo.
- No se demostró que OMINT haya cumplido con dicha obligación.
- La sanción impuesta no resulta desproporcionada.
- No se advierte nulidad por la intervención del funcionario Lepiscopo, ya que no se acreditó perjuicio a la defensa.
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