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EN - M ECONOMIA (SEC DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO) c/ WAMARO SA - DISPO 2312/23 s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Tributarias para entender en la ejecución de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional.

Competencia Impuestos Ejecucion fiscal Multas Administracion publica nacional Juzgados federales de ejecuciones tributarias


¿Quién es el actor?

El Ministerio de Economía (Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo)

¿A quién se demanda?

WAMARO SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución que declaró la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Tributarias para entender en este caso. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley N° 25.293 creó los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias con competencia específica en ejecuciones de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional, como impuestos, tasas, multas, etc.
- Una interpretación teleológica de dicha ley, considerando su finalidad de agilizar el cobro de créditos estatales, lleva a que estos nuevos juzgados especializados sean competentes para entender en este tipo de ejecuciones fiscales, más allá de la literalidad de la norma.
- Ello se condice con la jurisprudencia de esta Cámara que ha sentado pautas para la progresiva asignación de causas a estos juzgados especializados.
- El Ministerio Público Fiscal y la Defensoría General de la Nación también han reconocido esta competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Tributarias.

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