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BUONINCONTI MUÑOZ, MICAELA NICOL c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DEC 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria reclamó el carácter remunerativo y bonificable de diversos suplementos y compensaciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones reclamados.

Suplementos Bonificable Remunerativo Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria Decreto 142 2022 Decreto 836 08 Licencia por enfermedad

Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable del suplemento "actividad riesgosa" y de las compensaciones "zona", "vestimenta", "vivienda" y "racionamiento"

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso, confirmando el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de las compensaciones "zona" y "vivienda", y revocando la parte que rechazaba el suplemento "actividad riesgosa" y las compensaciones "vestimenta" y "racionamiento". La Cámara hizo lugar al reclamo considerando que:
- No existe normativa que justifique la suspensión de los suplementos y compensaciones durante la licencia por enfermedad de tratamiento prolongado.
- El Decreto 836/08 establece que la retribución mensual de los agentes está compuesta por el sueldo básico, los suplementos y las bonificaciones, entre las que se encuentran las reclamadas.
- La Cámara ya se había pronunciado previamente reconociendo el carácter remunerativo y bonificable de estos conceptos.
- El art. 15 del Decreto 142/2022 derogó el suplemento "actividad riesgosa" a partir del 1° de abril de 2022.

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