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PEREIRA ALCOBA, OMAR DANIEL c/ CPACF (EX 33065/23) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El abogado Pereira Alcoba fue sancionado por el Colegio Público de Abogados con un llamado de atención. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, considerando que las expresiones del letrado excedieron los límites de la mesura necesaria en el proceso judicial.

Descalificacion Ejercicio de la abogacia Llamado de atencion Tribunal de disciplina Defensa de intereses de cliente Respeto profesional


¿Quién es el actor?

Pereira Alcoba, Omar Daniel

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados por expresiones descalificantes hacia otro abogado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso, confirmando la sanción. Los fundamentos principales de la decisión son:
- Las expresiones del letrado, si bien en defensa de los intereses de su cliente, traspasaron los límites de la mesura necesaria en el proceso judicial, afectando la dignidad del abogado denunciante.
- El ejercicio de la profesión debe ser respetuoso, evitando descender a personalizaciones en las críticas, aún cuando se trate de defender los intereses del cliente.
- No se advierte que la decisión impugnada carezca de fundamentos suficientes o incurra en deficiencias lógicas, siendo una derivación razonada del derecho aplicable.

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