P O MARITIME HOLDINGS PARAGUAY SA c/ EN-M TRANSPORTE DE LA NACION-RESOL 625/22 1023/22 Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La empresa actora impugnó la imposición de un peaje para el transporte fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la denegación de la medida cautelar solicitada por considerar que no se acreditó la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa P O Maritime Holdings Paraguay SA demandó la inconstitucionalidad de las Resoluciones Nº 625/2022 y 1023/2022 del Ministerio de Transporte, que establecieron un peaje para el tramo Puerto de Santa Fe-Confluencia de la Hidrovía Paraguay-Paraná. Alegó que el cobro del peaje viola el Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra sobre Transporte Fluvial por esa vía navegable, al no existir obras de dragado y balizamiento que justifiquen dicho pago. La jueza de primera instancia rechazó la medida cautelar solicitada por la actora, por considerar que no se acreditaron los requisitos legales para su procedencia. Esa resolución fue apelada. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la denegación de la medida cautelar. Señaló que en el limitado marco cognoscitivo propio de este tipo de procesos, no se acreditó de manera manifiesta la verosimilitud del derecho invocado ni el peligro en la demora, aspectos que requieren de una mayor amplitud de debate y prueba. Consideró que otorgar la medida cautelar solicitada implicaría un anticipo de la cuestión de fondo.
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