PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. c/ EN - DGA - SIGEA 12042-28-35-239-163-14-254/2014 - RESO 195/22 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La empresa Peugeot Citroën Argentina SA reclamó la inconstitucionalidad de las tasas de interés aplicadas por la Aduana. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad de la tasa prevista por la resolución ME 314/04 y la aplicación de la tasa de interés pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
Peugeot Citroën Argentina SA
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Dirección General de Aduanas (DGA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionar la constitucionalidad de las tasas de interés aplicadas por la AFIP-DGA en resoluciones que hicieron lugar a pedidos de devolución de derechos de importación.
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda, declarando inconstitucional la tasa prevista por la resolución ME 314/04 y ordenando aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA. La Cámara confirmó esta decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que exigir la impugnación constitucional de la tasa de interés en sede administrativa constituía un excesivo rigorismo formal, dado que solo el Poder Judicial puede declarar la inconstitucionalidad de una norma.
- Respecto al fondo, la Cámara siguió su jurisprudencia consolidada que declara la inconstitucionalidad de la tasa prevista por la resolución ME 314/04 por ser irrazonable e implicar un perjuicio económico injustificado al contribuyente. En su lugar, corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA.
- El tribunal desestimó el planteo de inconstitucionalidad de las tasas previstas en las resoluciones MH 598/19 y ME 559/22 por falta de agravio de la parte.
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