BANCO ODDONE SA (EN LIQUIDACION POR BCRA) c/ INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI) -RESOL. 73/20 Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Banco Oddone S.A. promovió demanda contra el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas por la nulidad de una resolución. La Cámara Contencioso Administrativa Federal ordenó que la litis sea integrada con la Provincia de Salta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco Oddone S.A.
Demandado: Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)
Objeto de la demanda: Declaración de nulidad de la Resolución Nº 73/2020 del INAI, que reconoció la posesión por parte de la Comunidad "La Unión de Diaguitas y Calchaquíes" de terrenos que el Banco Oddone alega ser de su propiedad.
Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, ordenando que la litis sea integrada con la Provincia de Salta. Fundamentó que, más allá de quién sea el titular de las tierras, las mismas se encuentran en la provincia de Salta, por lo que corresponde integrar la litis con dicha provincia de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75, inciso 17) de la Constitución Nacional y el artículo 89 del CPCCN.
Principales fundamentos:
- El artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional expresamente confiere a las provincias el poder de ejercer concurrentemente con el Congreso diversas atribuciones vinculadas con los derechos de los pueblos indígenas.
- Ello máxime cuando no se encuentra controvertido que el relevamiento de la Comunidad "La Unión de Diaguitas y Calchaquíes" fue realizado por el Equipo Técnico Operativo de la Provincia de Salta.
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