AGT PTY ARGENTINA SRL c/ EN - AFIP - DGI - LEY 11683 ART 92 s/AMPARO LEY 16.986
La accionante interpuso recurso de apelación contra la resolución que declaró la caducidad de la instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión y dejó sin efecto la declaración de caducidad.
Amparo ley 16.986
- Decisión: La Cámara revocó la declaración de caducidad de instancia dispuesta en primera instancia.
- Fundamentos:
- El art. 8 de la Ley 16.986 establece que, luego del informe fiscal, y no habiendo prueba del actor, el tribunal debe dictar sentencia en 48 horas. Por lo tanto, existía una actividad pendiente del tribunal, que impide declarar la caducidad según el art. 313 del CPCCN.
- Corresponde hacer lugar al recurso de apelación y dejar sin efecto la resolución que declaró la caducidad, con costas por su orden.
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