OBSERVATORIO DE DERECHO INFORMATICO ARGENTINO ODIA ASOCIACION CIVIL c/ EN-M INTERIOR-RENAPER-LEY 27275 s/AMPARO LEY 16.986
El Observatorio de Derecho Informático Argentino promovió amparo por incumplimiento de ley de acceso a la información pública. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la sentencia y distribuyó las costas en el orden causado.
- Actor: Observatorio de Derecho Informático Argentino
- Demandado: Ministerio del Interior
- RENAPER
- Ley 27.275
- Objeto: Amparo por incumplimiento de ley de acceso a la información pública
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, que había declarado abstracta la cuestión por haberse cumplido el requerimiento, pero impuso las costas a la demandada. La Cámara consideró que correspondía distribuir las costas en el orden causado, ya que la declaración de abstracción impide atribuir a las partes la condición de vencedoras o vencidas.
"Que el recurso debe prosperar, ya que el art. 14 de la ley 16.986, aplicable al habeas data a tenor de lo dispuesto por el art. 37 de la ley 25.326, no prevé excepciones el principio de distribución de costas en el orden causado cuando la alegada omisión formal cesare antes del vencimiento del plazo para contestar el informe circunstanciado (esta Sala, causa 58953/22, "Observatorio de Derecho Informático Argentino c/ EN
- M Educación de la Nación – ley 27275 s/ amparo ley 16.986", resol. del 18/4/23; y sus citas)."
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