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VIEYTES, OSVALDO ROBERTO Y OTRO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron ejecución de sentencia por intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V confirmó la ejecución ordenada por el juez de primera instancia.

Intereses Ejecucion de sentencia Estado nacional Cosa juzgada Poder judicial Presupuesto publico


- Actores: Vieytes, Osvaldo Roberto y otro

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia por intereses adeudados

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala V rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la resolución de primera instancia que ordenó trabar embargo sobre el monto de $2.227.991,13 en concepto de intereses pendientes de pago. Los fundamentos principales de la decisión son:
- La Corte Suprema ha establecido que los intereses moratorios deben computarse hasta la efectiva cancelación del crédito, por lo que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria incluya el capital y los intereses devengados hasta el pago.
- Conforme a la legislación aplicable, el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena en caso de agotarse la partida presupuestaria correspondiente, debiendo incluirla en el ejercicio siguiente.
- En el caso, los plazos legales para efectuar el pago se encontraban vencidos, por lo que la actora se encontraba habilitada para promover la ejecución forzada del crédito por intereses.
- Los errores aritméticos o de cálculo en la liquidación deben ser rectificados por los jueces, de oficio o a pedido de parte, a fin de preservar la cosa juzgada.

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