COOPERATIVA TELEFONICA Y OTROS SERV PUB Y CONSUMO DE ABASTO LTDA c/ ENARGAS (RESOL 647/23) s/ART 66-43-70 LEY 24076 - ENARGAS
La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró la caducidad de la instancia en una demanda contra una resolución del ENARGAS.
¿Quién es el actor?
Cooperativa Telefónica y otros Serv Pub y Consumo de Abasto Ltda
¿A quién se demanda?
ENARGAS (Resolución 647/23)
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución 647/23 del ENARGAS, en virtud de los arts. 66, 43 y 70 de la Ley 24.076
- Decisión del tribunal: Se declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal de las partes por más de 6 meses, de acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los plazos que fija para diferentes supuestos (art. 310) y determina que esos plazos se computarán desde la fecha de la última petición de las partes, o resolución o actuación del juez, secretario u oficial primero, que tenga por efecto impulsar el procedimiento, y correrán durante los días inhábiles salvo los que correspondan a las ferias judiciales, o aquéllas en que, por circunstancias especiales de hecho o de derecho, las partes se hallaren impedidas de activar el proceso." "Que, en el caso, la última resolución que tuvo por efecto impulsar el proceso fue la providencia del 26 de marzo de 2024, mediante la cual se ordenó correr traslado a la contraria del recurso interpuesto, quedando a cargo de la interesada la confección y diligenciamiento del oficio correspondiente, mediante el sistema DEOX. Desde entonces hasta la fecha ha transcurrido en exceso el plazo de seis (6) meses previsto en el artículo 310, inciso 1º ya citado, sin que haya existido acto alguno que impulse el proceso, evidenciándose así la presunción de desinterés que exterioriza dicha inactividad y que autoriza a la aplicación del instituto en estudio."
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