ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES c/ TELECOM ARGENTINA SA - EX 3091/12 s/PROCESO DE EJECUCION
El Ente Nacional de Comunicaciones promovió ejecución para cobrar multas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la declaración de incompetencia y remisión de la causa a la Justicia Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
¿Quién es el actor?
Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)
¿A quién se demanda?
No aplica
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de multas aplicadas por el ENACOM por incumplimientos a normativa de telecomunicaciones
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la declaración de incompetencia del juez de primera instancia y la remisión de la causa a la Justicia Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
Los fundamentos principales son:
- La Ley N° 25.293 atribuyó competencia a los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
- Esto es así independientemente de si el crédito es de un ente centralizado o descentralizado, como es el caso del ENACOM.
- Además, el monto del reclamo (793.125,90 pesos) no supera el límite de 2.100.000 pesos establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la apelabilidad de las sentencias, por lo que la decisión del juez de primera instancia es inapelable.
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