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ENRE-RESOL 284/10 Y OTRO c/ EDESUR SA s/PROCESO DE EJECUCION

El Dr. García Cuerva interpuso recurso de apelación contra la providencia que ordenó la transferencia de fondos embargados en concepto de honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró inadmisible el recurso por monto.

Inadmisibilidad Ejecucion de honorarios Monto de apelacion Ejecucion coactiva


¿Quién es el actor?

Dr. Mariano Ignacio García Cuerva

¿A quién se demanda?

EDESUR S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de honorarios regulados a favor del Dr. García Cuerva

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Dr. García Cuerva contra la providencia que ordenó la transferencia de los fondos embargados, por superar el monto mínimo establecido en el art. 242 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El monto embargado en concepto de honorarios del Dr. García Cuerva ascendía a $94.518, suma que no supera el monto de apelación fijado en $2.100.000 por la Acordada 10/2024 de la CSJN.
- Por ende, la providencia recurrida es inapelable en razón del monto involucrado.

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