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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS c/ HALITUS INSTITUTO MEDICO SOCIEDAD ANONIMA s/EJECUCION FISCAL

Conflicto de competencia entre juzgados sobre ejecución fiscal de fondos otorgados por programa de asistencia de emergencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió que corresponde la competencia del fuero de la Seguridad Social.

Ejecucion fiscal Competencia judicial Salario complementario Beneficios de la seguridad social Fuero de la seguridad social


¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿A quién se demanda?

Halitus Instituto Médico Sociedad Anónima

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recupero de fondos otorgados en concepto del beneficio de Salario Complementario del Decreto 332/20 por decaimiento del beneficio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió dirimir el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 5 y el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, declarando la competencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 5. La Cámara señaló que la cuestión debe tramitar ante el fuero de la seguridad social, atendiendo a la naturaleza eminentemente social de la prestación otorgada y las normas que regulan ese beneficio. Indicó que la Ley 24.655 reconoce la autonomía jurisdiccional del fuero de la seguridad social, más allá de que no prevea expresamente la promoción de determinadas acciones.

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