CORDOBA, EDGAR JOSUE c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la regulación de honorarios de la letrada patrocinante de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente resolución refiere a la regulación de los honorarios de la letrada patrocinante de la parte actora en un proceso contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Armada.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, modificó la regulación de honorarios apelada y obrante a fs. 136, REDUCIENDO los honorarios de la Dra. Silvina Andrea Sáenz de Santa María a UNA UMA (1 UMA), equivalentes a $ 61.995, en su carácter de letrada patrocinante de la parte actora en una etapa del juicio.
Asimismo, fijó los honorarios de la mencionada profesional por el trabajo cumplido en la Alzada, en la suma de CERO CON TREINTA UMA (0,30 UMA), equivalentes a $ 18.598,5.
La Cámara dejó aclarado que los importes establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado junto con el monto del pago, frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo por parte del beneficiario.
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