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La casa de cambio demandó al BCRA por nulidad de actos administrativos y daños. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda, considerando que las medidas adoptadas por el BCRA se enmarcan en sus facultades regulatorias del mercado cambiario.
Nulidad de resoluciones del BCRA que le obligaron a vender su posición positiva de moneda extranjera al inicio de una devaluación y recomprarla luego a un tipo de cambio mayor. Daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que las medidas del BCRA se enmarcan en sus facultades legales de regulación del mercado cambiario y no hubo exceso reglamentario. Tampoco se acreditó un daño especial y desigual que deba ser indemnizado.
Fundamentos relevantes:
- El BCRA tiene amplias facultades legales para regular el mercado de cambios y las actividades de las casas de cambio, que se encuentran bajo su fiscalización.
- Las ventas forzosas de divisas dispuestas por el BCRA no configuran una expropiación, sino una medida de intervención económica permitida.
- La frustración de una expectativa de ganancia extraordinaria por la devaluación no genera un derecho indemnizatorio.
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