CRUCERO DEL NORTE SRL c/ EN-M TRANSPORTE Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
Rechazo de un recurso de apelación subsidiario por falta de monto mínimo requerido.
¿Quién es el actor?
CRUCERO DEL NORTE SRL
¿A quién se demanda?
EN-M TRANSPORTE Y OTROS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar autónoma
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara mal concedida la apelación subsidiaria interpuesta por la parte actora contra la providencia que la intimó a depositar honorarios regulados a favor del letrado de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal de alzada tiene la facultad de revisar de oficio la admisibilidad formal del recurso de apelación, sin estar vinculado por su concesión.
- Según el Código Procesal Civil y Comercial, son inapelables las resoluciones cuando el monto cuestionado no supera los $700.000 vigentes a la fecha de presentación de la demanda (30/8/23).
- El monto involucrado en la apelación no alcanza dicho importe mínimo, y no se encuentra exceptuado de la causal de inapelabilidad.
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