NATALE, ALICIA MONICA c/ EN - AFIP - 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilada demandó la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de inconstitucionalidad y ordenó el reintegro de las retenciones.
¿Quién es el actor?
Alicia Mónica Natale
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que justifican la aplicación del impuesto sobre los haberes previsionales, y cese de las retenciones y reintegro de las sumas descontadas.
- Decisión del tribunal:
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio y ordenó el reintegro de las sumas retenidas.
- Ambas partes apelaron.
- La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la declaración de inconstitucionalidad, considerando que la actora integra un grupo vulnerable con preferente tutela constitucional. Ordena el reintegro de la totalidad de las retenciones no alcanzadas por el plazo de prescripción.
- Respecto a los intereses, establece que deben calcularse desde la interposición de la demanda y según la tasa prevista en la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía.
- Distribuye las costas de ambas instancias en el orden causado.
Fundamentos principales:
- La Cámara reitera su jurisprudencia que declara la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre los haberes previsionales, por no considerar la vulnerabilidad de los jubilados.
- Cita el precedente "García, María Isabel" de la Corte Suprema, que establece que la falta de un tratamiento diferenciado para las personas jubiladas y en condiciones de vulnerabilidad vulnera la Constitución Nacional.
- Las modificaciones introducidas por la Ley 27.743 no alteran este criterio jurisprudencial, al mantener un enfoque estrictamente patrimonial.
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