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UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES Y OTROS c/ EDENOR SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II revocó la decisión que ordenaba pasar los autos a sentencia, y ordenó la suspensión de la causa hasta tanto se resuelva el pedido de acumulación efectuado por una de las empresas demandadas.

Acumulacion de procesos Proteccion al consumidor Suspension de proceso Empresa distribuidora de energia electrica Proceso de conocimiento


¿Quién es el actor?

Unión de Usuarios y Consumidores y otros

¿A quién se demanda?

EDENOR SA y otro
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara revocó la decisión de primera instancia que ordenaba pasar los autos a sentencia, y dispuso la suspensión del proceso hasta tanto se resuelva el pedido de acumulación efectuado por la empresa EDELAP en otro expediente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 193 del CPCCN establece que el curso de todos los procesos se suspenderá desde que se comunica el pedido de acumulación al juez respectivo.
- En el marco de otro expediente (FLP 41100001/2009), EDELAP solicitó la acumulación de los presentes autos con otros dos procesos contra las principales distribuidoras de energía eléctrica.
- El juez de primera instancia rechazó el pedido de acumulación, pero EDELAP interpuso recurso de apelación que se encuentra pendiente de resolución.
- Hasta tanto se resuelva definitivamente el planteo de acumulación, corresponde suspender la tramitación de la presente causa de conformidad con lo dispuesto por el art. 193 del CPCCN.

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