ALLEVATO, HUGO LUIS DANIEL c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor jubilado cuestionó la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan su haber previsional. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la declaración de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El señor Hugo Luis Daniel Allevato, un jubilado, promovió una demanda contra la AFIP solicitando la declaración de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que justifican la aplicación de dicho tributo sobre sus haberes previsionales, y el cese y reintegro de las sumas indebidamente retenidas. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de los artículos cuestionados y ordenando a la AFIP abstenerse de retener el impuesto y reintegrar los montos retenidos. La AFIP apeló la sentencia, alegando la falta de idoneidad de la vía procesal elegida por el actor, la aplicabilidad de recientes modificaciones normativas y cuestionando el alcance del reintegro de lo retenido. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia apelada. Señaló que, en casos análogos, se ha dispensado el agotamiento de la vía administrativa cuando la cuestión no puede ser dirimida en esa sede por involucrar la validez constitucional de normas. Además, consideró que las recientes modificaciones legales no alteran el criterio jurisprudencial que ha reconocido la inconstitucionalidad de gravar los haberes previsionales de los jubilados en condición de vulnerabilidad. Asimismo, confirmó que el reintegro debe alcanzar a la totalidad de lo retenido en los últimos 5 años, sin perjuicio del plazo de prescripción. Por último, en consonancia con precedentes, distribuyó las costas en el orden causado.
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