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BRIDGESTONE ARGENTINA SAIC c/ EN-AFIP s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Fisco interpone recurso extraordinario contra sentencia que confirmó devolución de impuesto a las ganancias pagado indebidamente. Cámara declara inadmisible el recurso.

Recurso extraordinario Arbitrariedad Gravedad institucional Impuesto a las ganancias Devolucion Ajuste por inflacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala IV desestimó el recurso de apelación del Fisco Nacional y confirmó la sentencia de primera instancia que había admitido la demanda de Bridgestone Argentina SAIC y ordenado a la AFIP la devolución de las sumas abonadas indebidamente en concepto de impuesto a las ganancias, al entender que constituían un ingreso sin causa por no haber aplicado el ajuste por inflación. La Cámara consideró que los agravios del Fisco remitían a cuestiones de hecho, prueba y derecho común, ajenas a la instancia extraordinaria. Además, señaló que las cuestiones referidas a la tasa de interés aplicada se ajustaban a la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre la materia. Por último, rechazó los planteos de arbitrariedad e inexistencia de gravedad institucional invocados por el Fisco para sostener la procedencia del recurso extraordinario.

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