Logo

EN-SECRETARIA ENERGIA c/ . s/INHIBITORIA

El Estado Nacional inicia una inhibitoria para que la causa por amparo contra resoluciones tarifarias sea radicada en la justicia nacional, pero la Cámara declara inoficioso expedirse sobre el recurso dado que la causa principal ya finalizó.

Competencia territorial Amparo Tarifas Gas natural Inhibitoria


¿Quién es el actor?

Grupo de usuarios de gas natural y fiscal de Estado de Santa Cruz

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Secretaría de Energía y ENARGAS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de resoluciones sobre cuadro tarifario de gas en Santa Cruz

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara inoficioso expedirse sobre el recurso de apelación contra la denegación de la inhibitoria, dado que la causa principal ya finalizó con una sentencia desestimatoria firme.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La competencia territorial debe determinarse según el lugar donde se exterioriza el acto o produce sus efectos, que en este caso es Santa Cruz, conforme al art. 4 de la Ley 16.986 y art. 5 inc. 3 del CPCCN.
- Atribuir la competencia solo por el lugar de dictado de los actos implicaría desarticular la estructura institucional del sistema judicial federal, según precedente de la CSJN.
- La inhibitoria es improcedente en acciones de amparo, y en este caso la causa principal ya concluyó.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar