SICUREZZA S.A., RICARDO GABRIEL GUERRERO c/ ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA DE ACEROS S.A. s/ORDINARIO
Contrato de suministro entre Sicurezza S.A. y Acindar Industria Argentina de Aceros S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que rechazó la demanda por incumplimiento contractual.
¿Quién es el actor?
Sicurezza S.A.
¿A quién se demanda?
Acindar Industria Argentina de Aceros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento y rescisión intempestiva del contrato de suministro.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que no se acreditó la existencia de un contrato de suministro con exclusividad, y que la reducción de las compras por parte de Acindar no fue abusiva ni intempestiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- No se demostró la existencia de un pacto de exclusividad entre las partes, ya que Acindar dejó constancia en los pedidos de compra que éstos "no implicaban exclusividad".
- La participación de Sicurezza en una licitación convocada por Acindar es incompatible con la existencia de un vínculo exclusivo.
- La disminución de las compras de Acindar a Sicurezza obedeció a una política de control de precios y a la adjudicación de la licitación a otro proveedor, no a una rescisión intempestiva.
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