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BANCO ALMAFUERTE COOP. LTDO. (EN LIQ. JUDICIAL) c/ BANCO FINANSUR S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

El actor promovió demanda de nulidad del contrato de transferencia de activos y pasivos excluidos celebrado en el marco del art. 35 bis de la Ley de Entidades Financieras. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que desestimó la acción, al considerar que el BCRA actuó dentro de sus facultades legales.

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¿Quién es el actor?

Banco Almafuerte Coop. Ltdo. (en liquidación judicial)

¿A quién se demanda?

Banco Finansur S.A. y BCRA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad del contrato de transferencia de activos y pasivos excluidos en el marco del art. 35 bis LEF

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la acción de nulidad Fundamentos principales:
- El BCRA tenía facultades para excluir activos fijos, no sólo activos financieros, en aplicación del art. 35 bis LEF. La Carta Orgánica del BCRA debe interpretarse en armonía con dicha norma especial.
- La valuación de los activos excluidos se realizó conforme a la normativa aplicable y no se acreditó perjuicio a los acreedores.
- Existe presunción de legalidad de los actos del BCRA como autoridad de aplicación de la Ley de Entidades Financieras.

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