ARMANDO AUTOMOTORES S.A.C.I.F. c/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO
Concesionario automotor demandó a fabricante por créditos y débitos omitidos en las liquidaciones. La Cámara confirma el rechazo de la demanda al considerar que los reclamos resultan extemporáneos.
¿Quién es el actor?
Armando Automotores S.A.C.I.F.
- Demandados: Volkswagen Argentina S.A., Volkswagen S.A. de ahorro y VW Compañía Financiera S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamar restitución de importes indebidamente debitados, pago de créditos omitidos en liquidaciones y daño emergente por finalización de contrato de concesión.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda. El tribunal consideró que el actor no cuestionó oportunamente los créditos y débitos de la cuenta corriente que tenía con los demandados, por lo que resulta improcedente revisarlos judicialmente luego de finalizado el contrato. Además, se concluyó que no correspondía indemnizar el daño emergente por la finalización del contrato, que no fue cuestionada.
Fundamentos principales:
- La relación entre las partes constituía una cuenta simple o de gestión, no una cuenta corriente mercantil, por lo que los créditos y débitos conservaban su individualidad y podían reclamarse separadamente.
- Resultaba contrario a la teoría de los actos propios que, luego de 30 años de ejecución del contrato, el actor pretendiera revisar operaciones concluidas y finiquitadas.
- La pericia contable no logró determinar la existencia de los créditos y débitos reclamados, y las pruebas testimoniales fueron imprecisas al respecto.
- No correspondía indemnizar el daño emergente por la finalización del contrato, ya que el actor no cuestionó la legitimidad de esa decisión.
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