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GIMENEZ, MARIA ELENA c/ OBRA SOCIAL FERROVIARIA ARGENTINA Y OTRO s/ORDINARIO

La actora reclamó indemnización por cobro indebido de aumentos en cuotas de salud. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó reintegrar montos cobrados y otorgó una indemnización por daño moral.

Dano moral Obra social Medicina prepaga Consumidor Dano punitivo Reintegro Aumento de cuotas Excesividad


¿Quién es el actor?

María Elena Giménez
- Demandados: Obra Social Ferroviaria Argentina (OSFE) y Galeno S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar indemnización por cobro indebido de aumentos en cuotas de salud

¿Qué se resolvió?

Se admitió parcialmente la demanda. Se ordenó a Galeno S.A. dejar sin efecto el aumento de cuota por edad y se condenó a ambas demandadas a devolver $5.854,10 con intereses y pagar $20.000 por daño moral. Se desestimó la multa civil reclamada. El tribunal consideró que los aumentos de cuotas, aun cuando fueran excesivos, no evidencian necesariamente dolo o culpa grave que justifique la aplicación de la multa civil prevista en el art. 52 bis de la ley 24.240. Señaló que la imposición de esta multa tiene carácter excepcional y requiere prueba específica de conducta dolosa o gravemente negligente, lo que no se acreditó en este caso. Respecto al monto por daño moral, el tribunal consideró que la indemnización de $20.000 otorgada no resulta exigua.

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