GRINTOURS S.A. c/ LABORATORIOS PHOENIX S.A.I.C. Y F. s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la rescisión unilateral e intempestiva del contrato de prestación de servicios terrestres de traslado de pasajeros. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por lucro cesante, ordenando que se considere la utilidad neta mensual.
¿Quién es el actor?
Grintours S.A.
¿A quién se demanda?
Laboratorios Phoenix S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de daños y perjuicios por rescisión unilateral de contrato de prestación de servicios de traslado de pasajeros.
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, ordenando que la indemnización por preaviso omitido se calcule sobre la base de la utilidad neta mensual promedio del último año, multiplicada por 4 meses. También se extiende el devengo de intereses hasta el efectivo pago. Se confirma el rechazo del reclamo por indemnizaciones laborales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la demandada incurrió en contradicción al extinguir unilateralmente el contrato el 31/10/2010 y luego notificar la terminación para el 30/04/2011, lo que implica un incumplimiento del deber de preaviso. En cuanto al quantum, resolvió que corresponde computar la utilidad neta mensual y no la utilidad bruta, como había determinado el juez de primera instancia.
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