SQUADRA VALLE ALTO COMPETICION S.A. - c/ URRETAVIZCAYA ROBERTO. Y OTROS s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por incumplimiento de un contrato de publicidad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y condenó al piloto a pagar la suma adeudada.
Cobro por incumplimiento de contrato de publicidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Condenó al piloto Urretavizcaya a pagar $ 30.335,51 más intereses, pero eximió de responsabilidad a los demás demandados por no haberse brindado el servicio de publicidad al no participar el vehículo en la carrera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el piloto Urretavizcaya fue quien decidió no participar de la carrera, por lo que debe responder por el incumplimiento. Sin embargo, las empresas auspiciantes no deben pagar por un servicio de publicidad que finalmente no se brindó al no correr el vehículo. Respecto al copiloto Oyuela, no tuvo facultad de decidir la no participación.
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