CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
El recurso de apelación previsto por el artículo 1133 del Código Aduanero debe interponerse dentro de los quince días contados desde la notificación de la resolución recurrida, salvo los supuestos de retardo expresamente previstos por la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación contra una resolución de la Aduana Barranqueras que impuso multa por infracción aduanera del artículo 985 del Código Aduanero y dispuso el comiso de mercadería, en el marco de actuaciones administrativas vinculadas al correo oficial; se controvierte la tempestividad de la impugnación, el cómputo del plazo legal para recurrir, la configuración del plazo de gracia y la procedencia de la tasa de actuación.
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