LAUDIZIO Pablo Gustavo s/ Apelación
La competencia del Tribunal Fiscal de la Nación en materia impositiva se limita a los actos expresamente previstos por el artículo 159 de la ley 11.683, en especial las resoluciones que determinan tributos o sus accesorios, ajustan quebrantos, impone
¿Qué se resolvió en el fallo?
Recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación contra boletas de deuda emitidas por anticipos impagos del Impuesto a las Ganancias y por saldos de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado correspondientes a diversos períodos fiscales de 2025 y 2026; la parte recurrente sostuvo que tales intimaciones debían ser consideradas determinaciones de oficio y, subsidiariamente, pidió su remisión al órgano de apelación previsto en el decreto reglamentario, planteándose como cuestión previa la competencia del tribunal para conocer en el trámite.
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Leyes que cita
- Ley 11.683Procedimiento fiscal
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