JurisprudenciaARG
Instancia única administrativa

MONSANTO ARGENTINA S.R.L

El artículo 838 del Código Aduanero configura un régimen específico que impone el devengamiento de intereses cuando el servicio aduanero no paga los estímulos a la exportación dentro del plazo legal o reglamentario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala F
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2019-78587776-APN-SGASAD#TFN
Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Recurso de apelación contra una resolución aduanera que denegó la liquidación de intereses por el pago tardío de estímulos a la exportación vinculados a destinaciones de exportación oficializadas en 2014, cuyo capital habría sido abonado con posterioridad; se debate la interpretación de los artículos 835, 836 y 838 del Código Aduanero y del artículo 96 del Decreto 1001/82, el alcance del plazo para cancelar los reintegros, la configuración de la mora del servicio aduanero, la necesidad o no de reclamo o reserva al percibir el capital y la procedencia de intereses por pago extemporáneo.

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