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RIBOTTA, ENRIQUE MARIO c/ DIAZ, LIDIA ESTER s/ORDINARIO

Corredor inmobiliario reclama comisión por intermediación no percibida. La Cámara confirma el rechazo de la demanda por prescripción.

Incumplimiento contractual Prescripcion Corredor inmobiliario Codigo de comercio Comision Intermediacion


¿Quién es el actor?

Enrique Mario Ribotta
- Demandada: Lidia Ester Díaz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de $56.000 más IVA (equivalentes a U$S 7.000) en concepto de comisión adeudada por intermediación como corredor inmobiliario.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda por prescripción en los términos del art. 851 del Código de Comercio, que establece un plazo bienal para el cobro de comisiones de corredores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El reclamo del actor se enmarca en la materia específica que regula el art. 851 del Código de Comercio, relativa a las acciones de cobro de comisiones de corredores.
- Desde la firma de la reserva de compra (24/01/2011) o la comunicación de la aceptación de la oferta (25/01/2011 o 26/01/2011) hasta la presentación de la demanda (01/10/2014) transcurrió en exceso el plazo bienal de prescripción.
- No altera la conclusión el plazo de suspensión de la prescripción durante la mediación, pues el término se reanudó a los 20 días posteriores al cierre de la audiencia.
- Las consideraciones del juez de primera instancia sobre la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor no causan agravio al recurrente, pues la solución quedó definida por la aplicación del art. 851 del Código de Comercio.

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