GOMEZ MACIEL FRANCISCO JOSE c/ DRIDCO S.A. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la compra de un vehículo supuestamente robado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó el rechazo de la demanda contra la empresa que prestaba el servicio de publicación de avisos.
Daños y perjuicios por la compra de un vehículo robado a través de un aviso publicado en el sitio web "demotores.com" operado por Dridco S.A.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. La Cámara consideró que Dridco S.A. sólo prestaba un servicio de publicación de avisos, sin intervenir en la operación de compraventa, por lo que no puede ser responsabilizada por el accionar fraudulento del vendedor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara entendió que Dridco S.A. no participó de la cadena de comercialización ni actuó como intermediario, sino que se limitó a publicitar el aviso, sin percibir comisión ni tener injerencia en la operación entre el comprador y el vendedor. Por lo tanto, no le resulta aplicable el régimen de responsabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor.
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