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CAPALBO ORLANDO CESAR c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por daños derivados del robo de bienes depositados en la caja de seguridad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por falta de acreditación de los ahorros de la cuñada y la hija del actor.

Dano moral Carga de la prueba Dano psicologico Responsabilidad bancaria Contrato de caja de seguridad Obligacion de vigilancia

Daños y perjuicios por robo de bienes depositados en caja de seguridad

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó al banco a pagar U$S 170.000 correspondientes a fondos propios del actor y $40.000 por daño moral. Se rechazó el reclamo por U$S 70.000 de la cuñada y U$S 23.100 de la hija del actor por falta de acreditación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La cláusula contractual que limitaba la responsabilidad del banco se consideró inválida por desnaturalizar el contrato. El robo no configuró un caso fortuito que eximiera al banco de responsabilidad, al tratarse de un deber de vigilancia y custodia. Se acreditó el daño moral del actor pero no logró probarse la existencia de los ahorros de la cuñada y la hija.

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