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CASTRESANA FLORIT MARIA IRENE c/ CREDITO AUTOMATICO S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

La actora accionó por daños y perjuicios derivados de reclamos de deuda ya cancelada. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena a las demandadas por daño moral.

Dano moral Responsabilidad extracontractual Reclamo de deuda cancelada Intimaciones laborales


- Actora: María Irene Castresana Florit
- Demandadas: Garbarino S.A. y Crédito Automático S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daño moral derivado de reclamos de deuda inexistente

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a las demandadas al pago de $20.000 por daño moral, con intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las demandadas reclamaron una deuda que ya había sido abonada por la actora varios años atrás.
- Enviaron intimaciones de pago al domicilio laboral de la actora, lo que generó un daño moral resarcible.
- La conducta de las demandadas fue negligente y antijurídica, al permitir el reclamo de una deuda cancelada.
- Se configuró responsabilidad extracontractual de las demandadas.
- El daño moral se acreditó por la afectación al buen nombre y reputación de la actora frente a sus empleadores.

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