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DOÑA ASUNCION S.A. c/ BERRY GROUP S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

La empresa Doña Asunción S.A. demandó a varios sujetos por el reclamo de saldo impago por la exportación de su cosecha de arándanos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la condena a algunos demandados.

Legitimacion pasiva Responsabilidad solidaria Incumplimiento Precio Apariencia Exportacion Arandanos


¿Quién es el actor?

Doña Asunción S.A.
- Demandados: Berry Group S.A., Frutos de la Mesopotamia S.A., Healthy Blueberry Farms S.A., Héctor Hugo Talia y Hugo Daniel Odella

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de saldo impago por la exportación de cosecha de arándanos del año 2008

¿Qué se resolvió?


- Se admitió parcialmente la demanda y se condenó a Berry Group S.A., Frutos de la Mesopotamia S.A., Héctor Hugo Talia y Hugo Daniel Odella a abonar a la actora U$S 12.735,20 más intereses y costas.
- Se rechazó la demanda contra Healthy Blueberry Farms S.A. por falta de legitimación pasiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que la demandante cumplió con sus obligaciones y que sólo recibió un pago parcial del precio acordado.
- Se determinó que Héctor Hugo Talia y Hugo Daniel Odella tuvieron una participación relevante en la organización de la cosecha y comercialización, más allá de una mera tarea de asesoramiento.
- Se consideró que Talia y Odella crearon una apariencia de grupo o sociedad que los hacía responsables solidariamente.
- Se consideró que la demanda contra Healthy Blueberry Farms S.A. debía ser rechazada por no existir relación contractual directa con la actora.

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