CONSUMIDORES FINANCIEROS ASOC. CIVIL PARA SU DEFENSA c/ NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS S.A. s/ORDINARIO
La Asociación de Consumidores Financieros demandó al Banco por cobro indebido de comisiones e intereses por sobregiros. La Cámara modificó la sentencia y ordenó la devolución de las sumas cobradas en exceso.
¿Quién es el actor?
Consumidores Financieros Asociación Civil para su Defensa
¿A quién se demanda?
Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Devolución de sumas cobradas indebidamente en concepto de "riesgo contingente" o "exceso de acuerdo" por sobregiros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó al banco la devolución de las sumas cobradas en exceso, al considerar que el cobro de una comisión fija y, adicionalmente, de intereses por descubierto, implicaba una doble imposición prohibida por la normativa del BCRA.
Los principales fundamentos fueron:
- La Asociación de Consumidores tiene legitimación activa para promover la demanda, al tratarse de una acción de incidencia colectiva referente a intereses individuales homogéneos.
- El plazo de prescripción aplicable es el de 5 años establecido en el Código de Comercio, por tratarse de una controversia sobre una cuenta corriente bancaria y no de una acción sustentada exclusivamente en la Ley de Defensa del Consumidor.
- El banco cobró indebidamente una comisión fija mensual por "exceso/utilización de descubierto" y, además, intereses sobre los saldos deudores, lo cual viola la normativa del BCRA que solo autoriza el cobro de comisiones sobre importes no utilizados de acuerdos de asignación de fondos.
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