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LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. c/ ALPARGATAS CALZADOS S.A. s/ORDINARIO

La aseguradora demandó al tomador por cobro de premios de pólizas de seguro de caución. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, al considerar que el riesgo asegurado había desaparecido antes de la emisión de los endosos cuestionados.

Seguro de caucion Incumplimiento de obligaciones Siniestro Cobro de premios Desaparicion del riesgo


¿Quién es el actor?

La Perseverancia Seguros S.A.

¿A quién se demanda?

Alpargatas Calzados S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de premios adeudados por pólizas de seguro de caución

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró que el siniestro (incumplimiento del tomador) se había producido con anterioridad a la emisión de los endosos cuestionados, por lo que el riesgo asegurado había desaparecido y no correspondía el cobro de los premios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El siniestro cubierto por el contrato se produjo cuando el tomador confesó el incumplimiento de sus obligaciones con la Aduana, configurándose un incumplimiento definitivo.
- Al haberse producido el siniestro con anterioridad a la emisión de los endosos, estos carecían de objeto al haber desaparecido el riesgo, elemento esencial del contrato de seguro.
- La imposibilidad del tomador de liberar a la aseguradora de la responsabilidad al no poder informar el cumplimiento de la obligación ni devolver las pólizas, confirma que el riesgo había cesado.
- El hecho de que la aseguradora no haya sido notificada del siniestro en forma oportuna no modifica la conclusión, ya que esa omisión no puede revertir la desaparición del riesgo.

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