AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. c/ ACERBRAG S.A. s/ORDINARIO
El actor (Air Liquide Argentina S.A.) promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la rescisión intempestiva de los contratos de suministro de nitrógeno y argón. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por falta de preaviso, desmontaje y retiro de equipos, y lucro cesante por la interrupción del suministro de oxígeno.
Indemnización por rescisión intempestiva de contratos de suministro de nitrógeno y argón, precio no percibido de argón y daños por retención de equipos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se modificó el monto indemnizatorio por falta de preaviso, se acogió parcialmente el reclamo por desmontaje y retiro de equipos, y se reconoció el lucro cesante por la interrupción del suministro de oxígeno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La rescisión de los contratos de nitrógeno y argón por parte de Acerbrag no fue ajustada a derecho, ya que no se cumplieron los recaudos contractuales. Corresponde indemnizar el preaviso faltante, según lo pactado. Procede parcialmente el reclamo por desmontaje y retiro de equipos, sólo en relación a los tanques de nitrógeno y argón. Se acoge la reconvención por lucro cesante, debido a la interrupción del suministro de oxígeno, conforme al cálculo pericial.
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