TISSERA ROXANA GISELLE C/ AUTOASEGURADORA GPBA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL.
La actora promovió recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la aplicación del plazo de caducidad previsto en el art. 2 inc. j de la ley 15.057 en un reclamo por enfermedad profesional. La Suprema Corte hizo lugar al recurso, declaró inconstitucional la aplicación de dicho plazo en el caso y revocó la sentencia impugnada, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
TISSERA ROXANA GISELLE.
¿A quién se demanda?
AUTOASEGURADORA GPBA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión vinculada a enfermedad profesional y la aplicabilidad del plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 (se discute la inaplicabilidad/constitucionalidad del plazo en el caso).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, se revocó la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 y se declaró la inconstitucionalidad de dicho plazo en el caso. Se remitieron los autos al tribunal de origen para que prosiga el trámite. Las costas de esta instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte actora, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."
"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."
Observaciones sobre votación y mandato: El bloque dispositivo final establece la decisión de la Suprema Corte; el fallo remite explícitamente a la reciente doctrina en la causa L. 131.700 "Magliano" (19-IX-2025) como fundamento para declarar la inconstitucionalidad aplicada en el caso.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)arts. 31 bis, tercer párrafo
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68 segundo párr., 289
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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