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CLUB DE CAMPO SANTA CATALINA S.A. c/ CIGER PROPIEDADES S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

El Club de Campo Santa Catalina S.A. promovió demanda por cobro de expensas sobre un lote. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y condenó a las demandadas al pago de la deuda reclamada.

Condominio Intereses moratorios Cesion de boleto de compraventa Expensas Club de campo


¿Quién es el actor?

Club de Campo Santa Catalina S.A.
- Demandados: Ciger Propiedades S.A., Administración Aquilino C. Colombo S.A. y La Pellegrina S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de expensas por $40.029,62 correspondientes al lote 20360 del Club.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia y se condenó a las demandadas al pago de la deuda reclamada más intereses.
- Fundamentación:
- Se acreditó la existencia y monto de la deuda a través de las pericias contables y certificados de deuda.
- Las demandadas, como titulares registrales del lote, están obligadas al pago de las expensas, más allá de que hayan cedido el boleto de compraventa.
- Procede aplicar un interés punitorio del 36% anual por tratarse de un reclamo de expensas, esencial para la subsistencia del ente.
- Se imponen las costas a las demandadas por ser las vencidas.

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