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DE BAIRES SERVICIO INTERNACIONAL S.R.L. c/ INSTITUTO MEDICO DE ALTA COMPLEJIDAD - CPN S.A. s/ORDINARIO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por cobro de facturas, rechazando la excepción de incumplimiento contractual interpuesta por la demandada.

Buena fe contractual Cobro de facturas Locacion de servicios Exceptio non adimpleti contractus


¿Quién es el actor?

DE BAIRES SERVICIO INTERNACIONAL S.R.L.

¿A quién se demanda?

INSTITUTO MEDICO DE ALTA COMPLEJIDAD
- CPN S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de facturas por servicios de vigilancia prestados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la demandada a pagar la suma reclamada más intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la demandada no podía oponer la excepción de incumplimiento contractual (exceptio non adimpleti contractus) dado que la actora acreditó la prestación de los servicios facturados y la demandada no había reclamado oportunamente ni objetado el incumplimiento. Se entendió que la conducta de la demandada de abonar las facturas sin reparos implicaba una aceptación tácita de la prestación, por lo que la excepción resultaba improponible.

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