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Tribunal Superior

D´AMBROSIO MONICA GRACIELA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

La actora demandó a Federación Patronal Seguros S.A. por accidente de trabajo en acción especial. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y determinó la incompetencia del tribunal de grado para entender en el estado procesal, remitiendo los autos a sus efectos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-125556
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Accidente de trabajo Accion especial Incompetencia Remision de autos Leyes 14.997 y 27.348 Reintegro de deposito (art. 280 cpcc) Costas Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires).

¿Quién es el actor?

D´AMBROSIO Mónica Graciela.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (acción contra la aseguradora por accidente laboral).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada, revocó el pronunciamiento de grado en los términos expuestos y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos, disponiendo su remisión a los efectos pertinentes. Impuso las costas en el orden causado y ordenó el reintegro total del depósito efectuado conforme al art. 280 CPCC a la recurrente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos."

"Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC). El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC y 63, ley 11.653)."

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final es el que decide; la resolución fue suscripta y registrada por los jueces GENOUD, KOGAN, PETTIGIANI y TORRES, por lo que la decisión de incompetencia y remisión de autos corresponde a la mayoría plasmada en el dispositivo final.

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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