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UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS s/ORDINARIO

La asociación de usuarios promovió demanda por el cobro ilegítimo de un cargo por exceso en el límite de compra de tarjetas de crédito. La Cámara Comercial confirmó la sentencia que ordenó a los bancos reintegrar esos importes a los titulares de las tarjetas.

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Cobro ilegítimo de un cargo por "exceso en el límite de compra" de tarjetas de crédito

¿Qué se resolvió?

Se condenó a las demandadas a restituir a los titulares de tarjetas de crédito Visa y Mastercard los importes cobrados indebidamente por ese cargo. La Cámara consideró que el cargo era ilegítimo porque:
- No hubo una efectiva prestación de un servicio que justificara ese cobro adicional.
- El límite de compra es una cláusula contractual en interés de ambas partes, por lo que su exceso no puede ser penalizado con un cargo.
- La aprobación administrativa previa del cargo no obsta al control judicial de su legitimidad en el marco del derecho del consumo.
- Las administradoras de tarjetas (Prisma y First Data) tienen responsabilidad solidaria por haber intervenido en la operatoria que posibilitó el cobro indebido.

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