PROVINCIA SEGUROS S.A. c/ MAXICONSUMO S.A. s/ORDINARIO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda por cobro de primas adeudadas de dos pólizas de seguro.
Cobro de primas adeudadas por dos pólizas de seguro nros. 93.633 y 94.966
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró que no se acreditó la entrega de las pólizas a Maxiconsumo S.A., por lo que la obligación de pagar las primas no era exigible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ausencia de asiento contable de la operación en los libros de Maxiconsumo S.A. no implica un asiento contrario, sino simplemente falta de registro, lo cual beneficia a quien sí lo contabilizó (Provincia Seguros S.A.).
- Sin embargo, la falta de prueba de la entrega de las pólizas a Maxiconsumo S.A. impide que la obligación de pagar las primas sea exigible, conforme lo dispuesto en el art. 30 de la Ley de Seguros.
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