Logo

INVECQ CONSULTING S.A. c/ LA RURAL S.A. s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por resolución de un contrato de cesión de derechos de uso y provisión de servicios para una exposición anual. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia y consideró que el contrato se frustró por caso fortuito o fuerza mayor.

Caso fortuito Consumidor Fuerza mayor Persona juridica Contrato Covid 19 Resolucion Medidas sanitarias


¿Quién es el actor?

Invecq Consulting S.A.

¿A quién se demanda?

La Rural S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resolución de un contrato de cesión de derechos de uso y provisión de servicios para la Exposición Anual de Economía, Finanzas e Inversiones (EXPO EFI 2020)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Consideró que el contrato se frustró por caso fortuito o fuerza mayor, dado que la pandemia de COVID-19 y las medidas sanitarias adoptadas por el gobierno constituyeron un hecho imprevisible e irresistible que imposibilitó la realización del evento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 1730 del Código Civil y Comercial establece que el caso fortuito o fuerza mayor exime de responsabilidad, salvo disposición en contrario.
- Las partes pactaron en el contrato que La Rural S.A. podía resolver el contrato por caso fortuito o fuerza mayor.
- La pandemia y las medidas sanitarias adoptadas por el gobierno cumplían con los requisitos de un caso fortuito o fuerza mayor (hecho exterior, irresistible, actual e imprevisible).
- Si bien Invecq Consulting S.A. alegó ser consumidora, la Cámara consideró que debe examinarse con criterio restrictivo la condición de consumidora de una persona jurídica, siendo que Invecq Consulting S.A. desarrollaba una actividad onerosa.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar