BUSTAMANTE, ROBERTO HORACIO c/ MATHEU, CARLOS JAVIER s/ORDINARIO
El actor demandó al jugador de fútbol por comisiones adeudadas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando las condenas relacionadas a la transferencia al club Cagliari.
Cobro de comisiones por representación de Matheu como jugador de fútbol
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó las condenas por comisiones de contratos con el Club Atlético Independiente, pero revocó las relacionadas a la transferencia al Club Cagliari y el porcentaje del Convenio Colectivo 430/75. La jueza de primera instancia había hecho lugar a la demanda, condenando al jugador a pagar diversas comisiones. Ambas partes apelaron. En cuanto a los contratos con el Club Atlético Independiente, la Cámara confirmó las condenas por $ 1.859, $ 2.340 y $ 7.800, considerando que Bustamante acreditó su actuación como representante de Matheu durante ese período. Sin embargo, revocó las condenas relacionadas a la transferencia al Club Cagliari (€ 91.108 por comisión y multa) y al porcentaje del Convenio Colectivo 430/75. Ello así, por cuanto Bustamante firmó un contrato con el Club Cagliari como intermediario, lo que implicaría una resolución de común acuerdo del contrato de representación con Matheu, y se habría configurado un conflicto de intereses prohibido por el Reglamento de la FIFA. Las costas de ambas instancias se distribuyeron en el orden causado.
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