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PELCO S.A. c/ CORADIR S.A. s/ORDINARIO

La empresa Pelco S.A. reclamaba el pago de una factura por servicios de tratamiento de residuos prestados a Coradir S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia reduciendo la tasa de interés aplicable al monto de condena.

Buena fe contractual Seguridad juridica Residuos peligrosos Excesiva onerosidad Suministro Facturacion minima


¿Quién es el actor?

Pelco S.A.

¿A quién se demanda?

Coradir S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una factura por servicios de tratamiento y disposición final de lámparas con mercurio.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, modificando la sentencia de primera instancia únicamente en relación a la tasa de interés aplicable. La Cámara consideró:
- Que la condición de facturación mínima mensual de 180.000 lámparas pactada entre las partes era válida y vinculante.
- Que no correspondía aplicar las defensas alegadas por Coradir referidas a los arts. 1251, 1252, 1255, 1258 y 1261 del Código Civil y Comercial, por encontrarse descontextualizadas.
- Que la factura emitida por Pelco cumplía los requisitos legales, por lo que Coradir debía haberla impugnado en el plazo de 10 días según lo establecido en el art. 1145 CCyC.
- Que no se acreditó la existencia de una alteración extraordinaria de las circunstancias que tornasen la prestación excesivamente onerosa para Coradir. Sin embargo, la Cámara consideró que la tasa de interés del 8% anual fijada en la sentencia de primera instancia resultaba elevada, por lo que modificó la misma y estableció una tasa de interés puro del 6% anual, no capitalizable.

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