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REBIZO, MARIA INES c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados del hurto en su caja de seguridad bancaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al banco al pago de una indemnización.

Dano moral Dano material Clausulas abusivas Deber de seguridad Responsabilidad bancaria Contrato de caja de seguridad


- Actora: María Inés Rebizo

¿A quién se demanda?

Banco Santander Río S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar daños y perjuicios por el hurto de los bienes depositados en la caja de seguridad de la actora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al banco al pago de U$S 160.000 en concepto de daño material y $150.000 por daño moral. Fundamentos principales:
- El banco incumplió su deber de seguridad, evidenciado en la deficiencia del sistema de video vigilancia y controles de acceso a la caja de seguridad.
- Se tuvieron por ciertas las sumas denunciadas como depositadas en la caja de seguridad a través de presunciones, ante la dificultad probatoria.
- Se declararon nulas las cláusulas limitativas de responsabilidad del banco por ser abusivas en un contrato de adhesión.
- No se acreditó daño moral en la privación de solo dinero, pero se reconoció en base a los padecimientos sufridos por la actora.

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